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domingo, 26 de febrero de 2012

IU PREGUNTA EN CORTES POR LOS FUEGOS DE SANABRIA

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON

José María González Suárez, Procurador de Izquierda Unida perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 158 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación oral ante el Pleno,

ANTECEDENTES

En la sesión plenaria de esta Cámara de fecha 25 de octubre de 2011, este procurador de Izquierda Unida preguntó a la Junta de Castilla y León si, ante los incendios producidos por un otoño excepcionalmente cálido, seguiría incumpliendo sus responsabilidades en la prevención y extinción de incendios forestales. La respuesta, como de costumbre, fue de autobombo y evasiva. Unos meses después, el catálogo de incendios habidos no ha cesado de crecer, desbordando a plantillas drásticamente reducidas. Por poner un ejemplo, a primeros de Enero, una oleada de focos calcinó más de mil hectáreas en la comarca de Sanabria, a los que han hecho frente un reducido número de agentes, para tapar el desentendimiento escandaloso de la Junta, que no ha planteado ningún plan ni dispositivo organizado de personal y medios, tal y como viene sucediendo todos los inviernos en nuestros bosques y masas forestales. Sólo la profesionalidad y el sacrificio extremo de un puñado de agentes velan para que estos 500 incendios que de media se producen en invierno no se extiendan de forma irreparable. La sospecha de que los beneficios de estos incendios van al bolsillo de algunas empresas forestales cunde entre los municipios afectados. Sólo en 2011 el presupuesto en este apartado tuvo una reducción de casi el 25% con respecto al año anterior.

PREGUNTA

¿Recortará la Junta aún más la partida en prevención de incendios en los todavía nonatos Presupuestos de Castilla y León del ejercicio 2012, dejando a su suerte nuestros montes y masas forestales?
Valladolid, 22 de febrero de 2012

viernes, 24 de febrero de 2012

U DENUNCIA EL OLVIDO Y ABANDONO DE VALDELAFUENTE






EL GRUPO IU DENUNCIA EL OLVIDO Y ABANDONO DE VALDELAFUENTE.

Casi tres años después de ejecutarse las obras de acondicionamiento y recuperación medioambiental del paraje de Valdelafuente –al que se dotó de mobiliario, mesa y bancos de granito, para el área de descanso, pasarelas sobre el arroyo e incluso paneles informativos sobre la flora y fauna del lugar, con una inversión que ascendió a 24.000 €, el Grupo Municipal de IU denuncia el deplorable estado de abandono y olvido en que se encuentra el citado paraje.

Este hecho ya denunciado en ocasiones anteriores, parece ser que viene a demostrar que fue una inversión “sin ton ni son” y dilapidar fondos públicos en cualquier sitio, máxime cuando reiteradamente la concejalía de Medio Ambiente olvida y abandona las labores de mantenimiento necesarias como son el desbroce y la limpieza del paraje.

Basta darse un paseo por el lugar y comprobar en qué consistía la recuperación medioambiental y la puesta en valor del sitio: maleza y cardos que impiden el acceso y ocultan el mobiliario de granito, los puentes o pasarelas que te guían a las fincas etc.

Para IU, más que inversión el tiempo la ha convertido en un auténtico despilfarro de dinero público, pues en tales condiciones no tiene utilidad alguna de la que puedan disfrutar los benaventanos, ni incluso los cazadores.

El Grupo Municipal de Izquierda Unida insta a la concejalía de Medio Ambiente a que ejerza como tal ( y no sea la de Miedo Ambiente), y ya que se invirtió dinero en el lugar, levante el castigo y condena casi permanente y aborde las labores de mantenimiento que el sitio requiere.

jueves, 23 de febrero de 2012

IU PONE EN DUDA LA RENTABILIDAD DE LA COSTOSA INVERSIÓN EN EL JARDÍN BOTÁNICO POR ESTAR UBICADO EN ZONA INUNDABLE.

IU PONE EN DUDA LA RENTABILIDAD DE LA COSTOSA INVERSIÓN EN EL JARDÍN BOTÁNICO POR ESTAR UBICADO EN ZONA INUNDABLE.
A tenor de la solicitud de IU de información relativa a la relación pormenorizada de gastos en inversión en el Prado de las Pavas y en concreto de la ejecución del proyecto del Jardín Botánico en los años 2008 a 2011, el Grupo Municipal de IU informa a los benaventanos del coste del citado proyecto y que asciende a 1.494.807 €.Aportación Europea

-Coste en inversión del proyecto incluido en el programa europeo transfronterizo “SUSTENTA” del Jardín Botánico del Prado de las Pavas financiado con fondos europeos el 75% del proyecto: 381.080€.
(298.000 € ya justificados, quedando aún pendiente de justificar 64.000€)

-Contratación personal técnico: 19.080€Aportación Municipal (25% del proyecto “Sustenta”)

-Gasto en inversión: materiales, acondicionamiento de terrenos etc. realizados por el Taller de Empleo Condes de Pimentel: 113.727 €

-Gastos en personal a través del citado taller de empleo que –según las generaciones de crédito en decretos- asciende a:

Primera Fase del Taller de Empleo Condes de Pimentel: 180.000 €

Segunda Fase: 190.000€
(Trabajos realizados en el trienio 2008-2010 y que contemplaban el acondicionamiento paisajístico del entorno del Prado de las Pavas y la restauración de áreas degradadas).

-Inversión municipal a la que también habría que añadir el coste en la adquisición de terrenos del Prado de las Pavas en 2005 que ascendió a 630.000 €.

Ante este coste del proyecto, el grupo Municipal de IU pone en duda la eficacia y la eficiencia del que considera desmesurado gasto para una inversión realizada en una zona inundable como históricamente ha quedado demostrado, y que tal y como está finalizado el proyecto –incluso con la escollera construida- sigue siendo susceptible de sufrir inundaciones.

Para el Grupo IU, cuando se invierte dinero público –aunque sea a través de subvenciones de otras instituciones- no basta, como en el presente caso, de acondicionar y restaurar un área degradada -y que indudablemente- su aspecto mejore en el presente, sino también de asegurar su mantenimiento para que sea una inversión rentable en el tiempo.

Y el Jardín Botánico, por la ubicación y los riesgos que conlleva, IU duda que lo sea.

sábado, 28 de enero de 2012

IU ANTE LA ORDENANZA CONTROL ACCESO A ZONAS PEATONALES

APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENAZA REGULADORA DEL CONTROL DE ACCESO A LAS ZONAS PEATONALES. El Grupo Municipal de IU mantiene la abstención de la Comisión Informativa.

No obstante, IU agradece que hayan sido admitidas e incorporadas a la Ordenanza las aportaciones o propuestas presentadas por nuestro grupo.
Y mantenemos la abstención, no sólo porque no termina de convencernos esta Ordenanza –pues seguro, y así lo consideramos, que hay problemas más importantes en los que centrar los esfuerzos municipales-, sino porque tampoco nos convence el argumento de su necesidad.

Para IU, Benavente ha sido y lo es (y esperamos que siga siéndolo) -por su situación geográfica- un lugar de paso, con una larga tradición de sus mercados, ferias y su comercio, y también el corazón de nuestra comarca.
Y por tanto, centro de servicios donde confluyen nuestros vecinos.

Así, Benavente no deja de ser un pueblo grande, y por ello no terminamos de considerar oportunas tantas restricciones, o quizá, un tanto pretender “ponerle puertas al campo” restringiendo el acceso a la zona centro –corazón de la ciudad- desde las 11 de la mañana a las 7 h. del día siguiente.

Como se alude en la exposición de motivos, en Benavente, paulatinamente se está procediendo a la peatonalización de sus calles –algo por lo que desde IU abogamos y aplaudimos-, pero que también hay que conjugar con la mejora de calidad de vida de sus vecinos, pero de una forma real y práctica.

Porque, invocar al respeto de las zonas peatonales y mejorar la calidad de vida por una parte, -para IU, y también para muchos benaventanos- no se corresponde con permitir el estacionamiento masivo en la Plaza Mayor!

Eso sí, esperamos que con esta Ordenanza, al menos se consiga que en la Plaza Santa María –peatonal y con dos señales verticales de prohibido aparcar- deje de haber vehículos estacionados todo el día, incluso con presencia policial!No obstante, nuestra abstención será activa, y mientras daremos un periodo y margen de confianza hasta que llegue el momento de solicitar resultados, eficacia y el grado de cumplimiento de la misma.

Y sinceramente, Sr. Presidente, esperanzados en que no ocurra como con otras Ordenanzas y pueda quedar también en “papel mojado”.

jueves, 8 de diciembre de 2011

[b]IU DENUNCIA LA PERSISTENCIA DEL VERTEDERO INCONTROLADO DE CENVICOS




IU DENUNCIA LA PERSISTENCIA DEL VERTEDEROS INCONTROLADO DE CENVICOS.


El Grupo Municipal de Izquierda Unida denuncia que persiste la proliferación de vertederos incontrolados en la ciudad.

Concretamente en la parcela de “Cenvicos”, la antigua estación depuradora de aguas se ha convertido en un foco de basuras incontroladas donde tiene cabida todo tipo de residuos, desde colchones, neumáticos, electrodomésticos, plásticos y otros enseres.
El grupo municipal de IU ya denunció públicamente –el 30 de agosto del presente año- el depósito de residuos sólidos urbanos en las inmediaciones de la antigua depuradora.
Transcurridos más de tres meses, el Grupo Municipal de IU reitera su denuncia y la existencia del citado vertedero y se pregunta si ¿Tienen conocimiento de este vertedero el SEPRONA y el Servicio de Medio Ambiente? ¿Qué han hecho al respecto?
Así mismo, IU reitera su denuncia en la falta de control y negligencia de la concejalía de Medio Ambiente y Sanidad con esta “castigada” zona. Pues si en un principio fue destinada para el depósito de los restos de poda vegetal, después sirvió para el depósito temporal de vidrio y, actualmente, como un vergonzante vertedero incontrolado.
Izquierda Unida apunta al respecto, si quizá la concejalía de Medio Ambiente piensa utilizar en un futuro estos residuos como compost!
Para el grupo municipal de IU es lamentable la proliferación de estos vertidos incontrolados tanto fuera como dentro del casco urbano -hechos que IU ha venido denunciando en varias ocasiones- que dan imagen real de Benavente como ciudad sucia, dando una imagen deplorable para los propios vecinos y para quienes nos visitan. Lo que indica las deficiencias de control y mantenimiento por parte del Ayuntamiento.
Además, IU advierte del riesgo que pueden ocasionar estos focos para la salud pública, así como por la presencia de ratas y de objetos cortantes y punzantes.-

jueves, 20 de octubre de 2011

IU PIDE UNA ORDENANZA QUE REGULE EL TRÁNSITO POR LOS CAMINOS AGRÍCOLAS

EL GRUPO IU PEDIRÁ UNA ORDENANZA QUE REGULE EL TRÁNSITO POR LOS CAMINOS AGRÍCOLAS.

Ante las quejas trasladadas al Grupo Municipal de Izquierda Unida por agricultores y ganaderos benaventanos que se sienten perjudicados por el tránsito de grandes vehículos utilizados para el transporte y extracción de áridos –concretamente en la zona de los caminos de La Rosaleda y de La Cantera- el grupo IU propondrá en la próxima comisión informativa de Medio Ambiente la necesidad de elaborar una Ordenanza que regule el tránsito de vehículos pesados por los caminos agrícolas.

Ordenanza que limite el peso máximo de los vehículos o la obligatoriedad de tramitar la solicitud de tránsito al Ayuntamiento.

Después de la inversión realizada por la Consejería de Agricultura y Ganadería en el acondicionamiento y mejora de caminos del término municipal de Benavente en 2008, para el grupo IU se hace necesario que el Ayuntamiento preserve los caminos agrícolas para que se deterioren lo menos posible, respetando la naturaleza, la finalidad y el firme de los caminos rurales, por lo que debiera ser el propio consistorio quien establezca los posibles itinerarios de caminos por donde puedan circular los camiones.

viernes, 2 de septiembre de 2011

IU DENUNCIA LA PROLIFERACIÓN DE VERTEDEROS INCONTROLADOS




IU DENUNCIA LA PROLIFERACIÓN DE VERTEDEROS INCONTROLADOS

El Grupo Municipal de Izquierda Unida denuncia la proliferación de vertederos incontrolados en la ciudad.
Concretamente en la parcela de “Cenvicos”, la antigua estación depuradora de aguas se ha convertido en un foco de basuras incontroladas donde tiene cabida todo tipo de residuos, desde colchones, neumáticos, electrodomésticos, plásticos y otros enseres.
IU denuncia la falta de control de la concejalía de Medio Ambiente y Sanidad con esta “castigada” zona. Pues si en un principio fue destinada para el depósito de los restos de poda vegetal, después sirvió para el depósito temporal de vidrio y, actualmente, como un vergonzante vertedero incontrolado.
Otro tanto se puede decir de los aledaños del Punto Limpio del Mercado de Ganados, con múltiples restos de televisores y ordenadores desperdigados en la finca lindante –que han sido sacados por un boquete en la valla alambrada- así como electrodomésticos y enseres depositados a las puertas del citado punto limpio, lo que indica deficiencias de control y mantenimiento por parte del Ayuntamiento.
Para el grupo municipal de IU es lamentable la proliferación de estos vertidos incontrolados tanto fuera como dentro del casco urbano -hechos que IU ha venido denunciando en varias ocasiones- que dan imagen real de Benavente como ciudad sucia, dando una imagen deplorable para los propios vecinos y para quienes nos visitan.
Además, IU advierte del riesgo que pueden ocasionar estos focos para la salud pública, así como por la presencia de ratas y de objetos cortantes y punzantes.-

miércoles, 10 de agosto de 2011

IU PIDE CONTENEDORES PARA EL RECICLAJE EN EL BARRIO LAS CATALANAS

Habiendo recibido este Grupo Municipal varias quejas de vecinos del barrio de Las Catalanas relativas a la inexistencia de contenedores para el reciclaje de vidrio, cartón y plástico, Izquierda Unida pide su instalación en la zona.-
Un total de ocho calles, C/Ávila, C/Segovia, C/Soria, C/ Encinas, C/Burgos, C/Álamos, C/Negrillo, y C/Almendralejo carecen de este servicio de recogida, por lo que los vecinos se ven obligados a llevar los residuos para su reciclaje al barrio Bella Vista, que dicho sea de paso, sólo en la C/Zafra dispone de tres contenedores.
Los propios vecinos tildan esta situación más que de una singularidad, de paradoja, ya que en la citada zona vive el propio concejal de Medio Ambiente y responsable del Partido Popular en Benavente.-

viernes, 20 de mayo de 2011

IU: PROPUESTAS PROGRAMÁTICAS EN URBANISMO-ECOLOGÍA URBANA

PROPUESTA PROGRAMÁTICA: URBANISMO-ECOLOGÍA URBANA
Desde Izquierda Unida-Los Verdes apostamos por una ciudad socialmente sostenible, por la construcción en vertical como el modelo más social y ecológicamente sostenible. Es necesario volver a los principios originarios del planeamiento urbanístico de cara a evitar la dispersión de la ciudad que multiplica la necesidad de desplazamientos y dificulta el acceso a equipamientos y servicios públicos.
Trabajar por un modelo de ciudad que evite la segregación de barrios, que busque el equilibrio, que contemple lugares para el encuentro y la convivencia y que apueste por la sostenibilidad.
Desde IU-Los Verdes también proponemos:
1-REORGANIZACION DE LA CONSTRUCCION INMOBILIARIA, aplicando la normativa urbanística en SOLARES, CASAS o manzanas en ruina favoreciendo que el suelo salga al mercado.-
• Aplicación de la Ley para facilitar la construcción en solares y casas en ruina.

Creación de grandes superficies y de espacios libres y zonas verdes de uso público, que sean verdaderos parques y jardines con la instalación de sistemas de riego modernos y que supongan ahorro (agua reciclada, goteo)
• Los promotores deberán aportar al Ayuntamiento el máximo de suelo, según la Ley, para dotaciones comunitarias, pasando del 50% actual al 100%. (Dentro del 20% de cada sector urbanizable, el mínimo que puede llevarse el Ayuntamiento es el 50% y el máximo el 100%).

2-CALIFICACION Y DOTACION de suelo para VPO a obtener de la urbanización del suelo, así como la adquisición de espacios públicos para colegios, centros sociales, Hospital, etc
- Daremos prioridad a la vivienda pública, evitando el aumento de casas vacías (actualmente más de 2.000)

- Aplicación máxima de V.P.O. –el 80%- en todos los sectores.

La demanda de viviendas de promoción pública es alta y el ritmo al que el Ayuntamiento acuerda ceder solares para su construcción es demasiado lento.
Hay que agilizar la cesión de terrenos a la Junta de Castilla y León para V.P.O.
La construcción se realizará en promociones anuales en terrenos de propiedad municipal, acogiéndonos a las ayudas establecidas para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda, que permiten equilibrar los gastos necesarios con los ingresos que se obtienen de los alquileres.-

En la ejecución de planes VPO, gozará de especial prioridad la creación de una bolsa suficiente en régimen de alquiler social a colectivos con dificultades para acceder al mercado de vivienda.
**Programas específicos de viviendas sociales aprovechando todo el suelo municipal disponible que en ningún caso se empleará en otros cometidos.
3-Creación de un parque de viviendas sociales (para venta y alquiler) destinado especialmente a parejas jóvenes, 3ª Edad, parados y el % a discapacitados).-
Participación directa del Ayuntamiento en las adjudicaciones de VPO.-
4- Promover la REHABILITACION de viviendas, preferentemente en zonas de especial protección patrimonial y en zonas degradadas.-
- Ayudas técnicas para la I.T.V. de edificios antiguos.
• - Recargos en IBI a viviendas vacías para favorecer el parque de alquiler.

5- Integración de barrios periféricos y creación de parques interiores.
6- Adecuación de aparcamientos en superficie, algunos de ellos temporales para días de llegada masiva de vehículos a Benavente, como en las fiestas del Toro o los jueves y sábados.
Además, proponemos:
-Construcción de un Centro Cívico Social en el barrio de Santa Clara.
8-Estudio pormenorizado de las exigencias en arreglos y obras de las calles de Benavente, priorizando en función de la urgencia y necesidad.
Proponemos una plaza mayor sin coches, para los vecinos. Para ello, dada una mayor afluencia de gente de la comarca, sólo se permitirá el aparcamiento los sábados.(Está demostrado que las zonas y plazas peatonales benefician el comercio)
Revitalizar la Plaza Mayor programando actividades. Mercados de Artesanía, Intercambio etc. así como diversificar las actividades que hoy se celebran en la Plaza de la Madera.

ECOLOGÍA URBANA

Es para IU fundamental el papel dedicado a nuestro hábitat: el “mundo” en que vivimos, nuestro entorno, entendido en una dimensión multifactorial: urbanístico, medioambiental (cumplir la legalidad urbanística en nº de viviendas y espacios dedicados a recreo, esparcimiento y zonas verdes ), favorecer las dinámicas solidarias e integrador de diferencias...Deseamos sentar las bases que permitan acercarnos a un modelo de ciudad que potencie la preeminencia de los intereses colectivos sobre los privados, el derecho al disfrute del medio ambiente, la convivencia no alienante, el protagonismo en la gestión de lo común.-
¡Que exista una ciudad más habitable, más limpia y con mejor calidad de vida!

Es necesario crear espacios mixtos de convivencia vecinal en cada barrio, que nos lleve a una mejor coexistencia entre los vehículos y los peatones, esto será posible con la implantación de los Planes de Pacificación del Tráfico.-
Propuestas de IU:
1-Mejorar la limpieza diaria de todas las calles, plazas y solares que abarquen a toda la ciudad.- Proponemos una campaña de limpieza del término municipal.-
2-Supresión de vertederos incontrolados; la presencia de residuos abandonados en los caminos, carreteras, parajes o fincas, producen una sensación de abandono y suciedad, a la vez que deterioran el paisaje.-
Eliminar basureros, vertederos y escombreras (incluida chatarra), ya sean públicos o privados
3- Culminar la construcción de puntos de aseo animal en los parques de la ciudad.
4-Mayor número de espacios dedicados a recreo, esparcimiento y zonas verdes que puedan aplicarse a través del PGOU. *Plantación de arbolado urbano.
* Programar un Cinturón Verde (zona Malvinas- La Cantera-San Isidro) zona de crecimiento de la ciudad.
5-Implantación del riego por goteo y automático en todos los parques de la ciudad, la medida está encaminada al ahorro de agua. Reutilización y reciclado del agua.
6-Regulación y potenciación de los PUNTOS LIMPIOS, ampliación horaria, más personal y seguridad.
7-Apertura de ASEOS PÚBLICOS en los edificios municipales.
8-Progresivo soterramiento del cableado y de los contenedores en el casco urbano.
-Adoptar medidas urgentes sobre el asunto del cableado aéreo en la ciudad, que implica una falta de seguridad para los vecinos y estudiar las posibilidades legales para obligar a Iberdrola a que lo sitúe correctamente.
9-Saneamiento y modernización del alcantarillado, en obras que se realicen y averías puntuales.-
10-Elaboración de una ORDENANZA Municipal de Medio Ambiente con plena aplicación en Contaminación ACÚSTICA, verificando mediciones y estricto cumplimiento en Locales Públicos.
11-Uso de las energías renovables en los edificios municipales y alumbrado para el ahorro energético.
*Estableceremos reducciones en ICIO (Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras) a favor de las construcciones que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar por autoconsumo.

12- Plan Director Carril Bici. Préstamo de bicicletas.
Aumento de los carriles-bici y de las zonas compartidas con los peatones.
Como cuestiones a seguir mejorando, proponemos:
-Continuar y completar la eliminación de barreras arquitectónicas en ciudad y edificios, dado que aún queda mucho por hacer en este sentido: dotar de subidas a las aceras y facilitar accesos a lugares públicos para disminuidos físicos, así como completar la ciudad con este tipo de accesos, favoreciendo así, su mejor integración .-
Todo ello en la dirección de continuar promoviendo el proceso de la Agenda 21 local, de democracia participativa en la transformación ambiental, económica y social.
-Pleno ejercicio de las competencias municipales en materias de higiene, control sanitario, mercados y calidad de los alimentos.
-Eliminación de PARARRAYOS RADIOACTIVOS que aún persistan.-
13-Dado que Benavente sobrepasa los 50 Kms. de callejero, y el crecimiento expansivo en barrios periféricos de la ciudad, se realizará un estudio para la creación de una línea de transporte público circular urbano diario para el transporte de los vecinos de los barrios más alejados del centro y que se realice una ruta alrededor de toda la ciudad, enlazando. Se llevaría a cabo un sistema de bonos y reducciones de precios para jubilados y parados de larga duración.
Así se descongestionaría el tráfico y se atenuaría el problema del aparcamiento.-
14-Extremar la conservación y mantenimiento de los parques infantiles.

15-Huertos ecológicos para personas mayores, y sin ánimo de lucro. Se les ofrecerá formación sobre las técnicas de producción ecológica y maneras de mejorar los cultivos.

16-Construcción de un Área eco-sanitaria destinada al uso de las autocaravanas.
Dada la situación estratégica de Benavente y el paso de autovías, IU considera necesario dotar de este servicio público a los numerosos usuarios que pasan por nuestra ciudad. El lugar idóneo estaría en las inmediaciones del Centro de Transportes.
El Área estaría dotado de los servicios básicos, agua potable, electricidad, vaciado de aguas grises y aguas negras, duchas, WC, zona de lavado y zona de picnic.
La zona ya cuenta con el resto de servicios, como restaurante, cafeterías y gasolinera.

domingo, 23 de enero de 2011

IU RECLAMA A JUNTA Y AYUNTAMIENTO LA IMPLANTACIÓN DE UNA OFICINA COMARCAL DE GUARDERÍA MEDIOAMBIENTAL Y FORESTAL EN BENAVENTE

IU-LOS VERDES RECLAMA A JUNTA Y AYUNTAMIENTO LA IMPLANTACIÓN DE UNA OFICINA COMARCAL DE GUARDERÍA MEDIOAMBIENTAL Y FORESTAL EN BENAVENTE

El Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes denuncia, por enésima vez, la falta de voluntad tanto por parte del Ayuntamiento de Benavente como del Servicio Territorial de Medio Ambiente para solucionar de una vez por todas el problema enquistado desde hace más de 13 años, de la implantación de la Oficina Comarcal de Medio Ambiente en Benavente.

Así, se sigue incumpliendo la Orden del año 1997 de la propia Consejería y la posterior modificación del año 2004, originando un grave perjuicio a la inmensa mayoría de la ciudadanía no sólo de Benavente sino de la Comarca, al estar obligados a desplazarse 35 kilómetros a Santibáñez de Vidriales, lugar donde se habilitó una oficina provisional propiedad del Ayuntamiento de dicha localidad, para realizar cualquier gestión relacionada con dicha materia o, en el mejor de los casos, tener que molestar a los Agentes Medioambientales en sus domicilios particulares para que le tramiten sus peticiones.

Para Izquierda Unida queda patente la falta de voluntad, ya que por parte del Ayuntamiento de Benavente se ha facilitado una oficina en el Centro de Interpretación de los Ríos, para el recién creado SOMACYL (Sociedad pública de Medio Ambiente de Castilla y León, que de pública solo tiene el nombre), mientras que se niega espacio para la ubicación de personal propio de la Administración Pública de Castilla y León.

En este sentido, IU recuerda al Sr. Alcalde y su equipo de gobierno la promesa electoral de implantar un Centro de Servicios Múltiples administrativos en la ciudad, preguntándose qué ha quedado de aquella idea.

Así como también la falta de voluntad por parte del Servicio Territorial de Medio Ambiente ya que ante la negativa del Ayuntamiento de Benavente, no ha aceptado el ofrecimiento del Ayuntamiento de Santa Cristina de la Polvorosa de una oficina lista para entrar a trabajar de forma inmediata, alternativa más que viable ya que esta localidad está ubicada a tan solo tres kilómetros de Benavente y el perjuicio en desplazamientos para el ciudadano sería mínimo.

Izquierda Unida hace un nuevo llamamiento tanto al Ayuntamiento de Benavente, como al recién nombrado Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, D. José Bermejo Sánchez, para exigir un cambio de actitud basado en una colaboración entre Administraciones que en este caso deberían perseguir el mismo fin, que es facilitar la atención al ciudadano.

martes, 18 de enero de 2011

IU PREGUNTA A MEDIO AMBIENTE POR LOS CONTENEDORES SOTERRADOS

EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE SOTERRAMENTO DE CONTENEDORES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Durante los años 2009 y 2010 se han invertido en Benavente aproximadamente 425.000 euros procedentes del Gobierno a través del Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo y Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local (Plan E) en el soterramiento de contenedores.-

Dado que estos Proyectos de soterramiento de contenedores de residuos sólidos urbanos, su planificación y entrada en funcionamiento se gestiona desde la Concejalía de Medio Ambiente, el Grupo Municipal de IU realiza las siguientes consideraciones y preguntas:

-En la construcción e instalación de algunos contenedores soterrados se han producido cambios de ubicación de los mismos, con la consiguiente apertura y cierre de zanjas para finalmente colocarlos en otro lugar distinto al inicial.
E incluso en la Avda. El Ferial se produjo la rotura de un colector, obra que duró varias semanas,

¿Cuántos contenedores han variado su ubicación?

¿A cuanto han ascendido esos gastos no programados?

De haber desviación económica respecto a la cantidad presupuestada para tales proyectos, ¿Ha asumido el Ayuntamiento esos gastos?

En cuanto a las obras para adaptar el vaciado del nuevo camión, que necesariamente han de acometerse en la planta de transferencia de Castrogonzalo, ¿Qué cantidad va a suponer al Ayuntamiento de Benavente tal adaptación?
En tanto se ejecuten dichas obras, se procederá al traslado de la basura a la planta de Zamora, ¿En cuanto se estima ese gasto originado?

Respecto a la formación y reciclaje de los trabajadores de recogida de basuras para el nuevo servicio, ¿Han tenido los días requeridos para la necesaria formación, adquisición de conocimientos y aptitudes relativas al nuevo sistema?

martes, 8 de septiembre de 2009

IU PIDE A MEDIO AMBIENTE QUE ELIMINE EL BADEN DE LA VÍA Y RECUPERE LA MÁQUINA DEL TREN EN LA PRADERA.

Prácticamente acometida la puesta en valor de la zona de La Pradera con el soterramiento de las vías del ferrocarril, convirtiendo la zona en apta para el paseo y el ocio, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes solicita a la concejalía de Medio Ambiente que proceda al soterramiento o cubrición de la vía del ferrocarril a su paso por el acceso a la carretera N-525.-

IU hace esta petición ya que prácticamente es el único tramo de la zona que queda por acondicionar, y la supresión del actual badén convirtiéndolo en firme liso contribuiría a mejorar el tráfico y el acceso a la citada carretera nacional y también al acceso a la ZA-P-2544, Benavente-Milles de la Polvorosa, así como a eliminar este molesto paso.

Para IU esta petición no es baladí ya que considera que también los pequeños detalles contribuyen al bienestar de los ciudadanos.

Además, IU también requiere a la concejalía de Medio Ambiente para que -una vez que finalicen las obras de acondicionamiento de la zona de La Pradera- proceda a restaurar –o en la medida de lo posible- recuperar y acondicionar la máquina del tren expuesta en la zona de la estación.

Para IU, esta emblemática máquina merece ser rescatada del actual deterioro y abandono para los benaventanos, algo que contribuiría a conservar la memoria del pasado de Benavente cuando contaba con ferrocarril.

martes, 26 de mayo de 2009

IZQUIERDA UNIDA RESPONDE AL CONCEJAL DE MEDIO AMBIENTE.

Ante la réplica del concejal de Medio Ambiente a las manifestaciones y preguntas del Grupo Municipal de Izquierda Unida relativas a quien controla las obras municipales y responsabilizando al titular de la concejalía del destino acaecido en las obras de acondicionamiento de la laguna de la Cantera, IU le responde que tiene vela en todos los entierros municipales, y también en el de los conejos desaparecidos en la citada zona.

Además, IU responde al concejal de Medio Ambiente que no se vaya por la tangente como es su costumbre, pues IU no tiene interés alguno en “defender a ultranza a la clase empresarial”; únicamente pone en duda que una empresa que ejecuta obras de envergadura y de sobrada y conocida solvencia como es TRAGSA actúe “por su cuenta y riesgo” en unas obras presupuestadas en 24.000 € como estas.

A su vez, para IU el concejal no puede decir que “la empresa no cumplió las directrices de actuación dadas” y a la vez que “las obras no son municipales ni es el ayuntamiento quien las dirige”. ¿Quién dio las directrices de actuación a TRAGSA?

Por último, responder al Sr. Dúo que IU –menos aún- “arremete sin piedad contra los trabajadores municipales”. Quizá esa pregunta debería realizarla al propio equipo de gobierno, que después de las promesas hechas a los trabajadores municipales en campaña electoral y después de firmar un Convenio con el personal laboral, ahora no lo cumplen.

O también, a los trabajadores del servicio de basuras, en quienes –parece ser- han puesto el punto de mira para iniciar los recortes presupuestarios del personal.

miércoles, 8 de abril de 2009

ALEGACIONES DE IU A LAS ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL

ALEGACIONES A LA OBTENCIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE “ESTACIÓN BASE DE TELEFONÍA MÓVIL”, EN C/ CIUDAD DE TORO, Nº 1.


A L E G A C I O N E S


1- Que la ubicación de la citada Estación Base de telefonía móvil en la C/ Ciudad de Toro, Nº 1 , incumple lo establecido en la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN QUE UTILIZAN EL ESPECTRO RADIOELECTRÓNICO O LUMINICO COMO SOPORTE DE TRANSMISION SIENDO SU MEDIO DE PROPAGACION EL AÉREO EN EL TERMINO MUNICIPAL” , aprobada por el Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Benavente, y actualmente en vigor.-
Concretamente, incumple lo establecido en el Artículo 9.- Antenas de telefonía móvil (estaciones base), que deberán adecuarse a las zonas de implantación contempladas en la citada Ordenanza (Anexo I).


2- Que actualmente la regulación existente en los ámbitos del Estado y de la Comunidad Autónoma concreta únicamente los niveles de emisión de las antenas, pero no criterios de colocación dentro de los cascos urbanos.

Que el Decreto 267/2001, de 29 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, relativo a la instalación de Infraestructuras de Radiocomunicación, en su artículo 5.2 acota algo más al rebajar los niveles de emisión un 25% en las zonas sensibles como centros de enseñanza, sanitarios, geriátricos etc. Y obliga a compartir emisores en las zonas de suelo urbanizable y no delimitado, pero sin agregar nada en suelo urbano.

Con la rebaja de emisiones en centros sensibles se está asumiendo que las emisiones radioeléctricas no son inocuas para la población.

3- El Real Decreto 1066/2001 de 28 de septiembre en su artículo 8.7 establece que a la hora de planificar las instalaciones radioeléctricas, los titulares de las mismas tienen que tener en cuenta los efectos de comparición de emplazamientos así como evitar en la mayor medida posible los niveles de emisión en espacios sensibles como son las Escuelas, Centros de Salud, hospitales o parques públicos.

Por tanto, y dada la cercanía de este enclave a viviendas próximas así como a un Centro de Educción de Adultos, un centro de salud, un asilo de ancianos, o los Juzgados, la ubicación de la precitada Estación Base de telefonía móvil no es la correcta al objeto de prevenir el posible efecto sobre la salud de la población.-
Ubicación que no establece ni introduce una distancia mínima y de seguridad que algunos estudios, tanto nacionales como internacionales, la sitúan en torno a 600 metros de las zonas habitadas.

4- No tiene en cuenta la ya existencia de otras antenas en la misma torreta, que junto con las que se pretende instalar, supondría una acumulación de radiaciones perjudicial para la salud de las personas al producir efectos biológicos indeseables y además riesgos para los vecinos y usuarios de los citados centros.

5- Esta ubicación constituye una falta de consideración del aspecto visual (excesiva altura) y paisajística. Existe en el entorno próximo un edificio catalogado como BIC (Hospital de la Piedad), que a su vez es asilo de ancianos.

6- No cumple la cota de altura prevista en el ordenamiento urbanístico. La instalación es muy visible y llamativa desde la vía pública.

7- No existe informe sobre la repercusión arquitectónica en el edificio que se pueda derivar de la instalación de la misma. Podría no ser legal respecto al perímetro de la edificación.

8- El tipo de sistema instalado en el edificio (azotea) no es el óptimo y reglamentario para la salubridad del alumnado y del entorno.

9- No hay constancia de que se reduzcan las emisiones a 0,1 microW./cm2, límite considerado seguro por la Internacional Conference and Coll Tower Sitting, Linking Science&Public Healt de Salzburgo, Austria 7-8 de Mayo de 2000.

10- No tiene en cuenta el principio de prudencia y precaución al haberse producido varios casos de cáncer en las inmediaciones, posiblemente debido a la incidencia de una fuente de ondas radio electromagnéticas procedentes de la citada torreta.




11- Que ante la falta de estudios concluyentes que afirmen la inocuidad de las emisiones de las antenas, debe anteponerse el principio razonable de PRECAUCIÓN, incidiendo primordialmente en el aspecto SANITARIO, pues hasta la fecha, los informes son contradictorios. Desde los que dicen que las antenas son inocuas y no suponen peligro alguno, hasta los que hablan de distancias mínimas a las viviendas.

Así hay que tener en cuenta las Recomendaciones del Consejo de la Unión Europea y del Comité Europeo para la Normalización Electromagnética, que inciden en distancias mínimas a los hogares, haciendo uso del citado “principio de precaución”, ya que existen indicios verosímiles de que, más allá de los efectos demostrados, exposiciones crónicas a bajos niveles pueden ser igualmente perjudiciales para la salud.

O también, circunscribiéndonos al caso de España, el ingeniero industrial D. Miguel Muntané Condeminas en su informe “Nueve Grados de Riesgo Sanitario por Radiación Electromagnética en Telefonía Móvil”, declara “Es necesario ser conscientes de las elevadas potencias de radiación de microondas emitidas por emisores abiertos, sin garantía sanitaria, para valorar el riesgo sobre la salud por UNA antena de estación base y UN emisor portátil de un teléfono móvil”, “…Los niveles de riesgo sanitario y distancias de seguridad que han de proteger de forma especial a niños, niñas y mujeres embarazadas”.-


12-Además de todo lo expuesto, ante la ubicación para la instalación de la citada Estación Base de telefonía móvil, también debe considerarse la susceptibilidad de otros daños:

-Daño Físico: personas que se consideran perjudicadas, como los que utilizan los marcapasos.

-Daño Patrimonial: los que consideren que su casa se devalúa por la proximidad a esta instalación.

-Daño Moral o Psíquico: el que se produce al obligar a convivir a personas cerca de esta antena estando convencidas de que son perjudiciales.

Se adjuntan los siguientes informes relativos a los efectos que puede producir en las personas la instalación de antenas de telefonía móvil:

• Informe Preliminar sobre Antenas de Telefonía móvil “Ecologistas en Acción”
• Jornada Técnica de Telefonía Móvil “Teléfonos móviles y salud pública”
• Conclusiones Grupo de Trabajo 13:”Campos electromagnéticos” del V Congreso Nacional de Medio Ambiente.
• Informe sobre “Consideraciones Sanitarias relacionadas con los campos electromagnéticos” (2008/2211 (INI)) de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo.
• Sentencia del Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 3ª, S 3-4-2007, rec.8817/2003.






Por todo lo expuesto,



S O L I C I T A


Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas alegaciones a la Licencia Ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en C/ Ciudad de Toro Nº 1, y en virtud de las mismas:


1-No se conceda la licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en la C/ Ciudad de Toro Nº 1, solicitada.


2- Que se tenga en cuenta la normativa que avalan las Alegaciones expuestas.

ALEGACIONES A LA OBTENCIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE “ESTACIÓN BASE DE TELEFONÍA MÓVIL”, EN EL DEPÓSITO DE AGUA DEL BARRIO DE SAN ISIDRO.

A L E G A C I O N E S


1- Que la ubicación de la citada Estación Base de telefonía móvil en el depósito de agua del Barrio de San Isidro, incumple lo establecido en la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN QUE UTILIZAN EL ESPECTRO RADIOELECTRÓNICO O LUMINICO COMO SOPORTE DE TRANSMISION SIENDO SU MEDIO DE PROPAGACION EL AÉREO EN EL TERMINO MUNICIPAL” , aprobada por el Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Benavente, y actualmente en vigor.-
Concretamente, incumple lo establecido en el Artículo 9.- Antenas de telefonía móvil (estaciones base), que deberán adecuarse a las zonas de implantación contempladas en la citada Ordenanza (Anexo I).


2- Que actualmente la regulación existente en los ámbitos del Estado y de la Comunidad Autónoma concreta únicamente los niveles de emisión de las antenas, pero no criterios de colocación dentro de los cascos urbanos.

Que el Decreto 267/2001, de 29 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, relativo a la instalación de Infraestructuras de Radiocomunicación, en su artículo 5.2 acota algo más al rebajar los niveles de emisión un 25% en las zonas sensibles como centros de enseñanza, sanitarios, geriátricos etc. Y obliga a compartir emisores en las zonas de suelo urbanizable y no delimitado, pero sin agregar nada en suelo urbano.
Con la rebaja de emisiones en centros sensibles se está asumiendo que las emisiones radioeléctricas no son inocuas para la población.

3- El Real Decreto 1066/2001 de 28 de septiembre en su artículo 8.7 establece que a la hora de planificar las instalaciones radioeléctricas, los titulares de las mismas tienen que tener en cuenta los efectos de comparición de emplazamientos así como evitar en la mayor medida posible los niveles de emisión en espacios sensibles como son las Escuelas, Centros de Salud, hospitales o parques públicos.

Por tanto, y dada la cercanía de este enclave –sobre un depósito de agua potable- a viviendas próximas del Barrio de San Isidro, Urbanización Las Dibujas, Urbanización Valle la Zarza así como a un centro escolar, un centro de salud, una residencia de ancianos, una casa de cultura, una pista deportiva y un comedor social la ubicación de la precitada Estación Base de telefonía móvil no es la correcta al objeto de prevenir el posible efecto sobre la salud de la población.-
Ubicación que debe situarse a una distancia mínima y de seguridad que algunos estudios, tanto nacionales como internacionales, la sitúan en torno a 600 metros de las zonas habitadas.

4- Que ante la falta de estudios concluyentes que afirmen la inocuidad de las emisiones de las antenas, debe anteponerse el principio razonable de PRECAUCIÓN, incidiendo primordialmente en el aspecto SANITARIO, pues hasta la fecha, los informes son contradictorios. Desde los que dicen que las antenas son inocuas y no suponen peligro alguno, hasta los que hablan de distancias mínimas a las viviendas.

Así hay que tener en cuenta las Recomendaciones del Consejo de la Unión Europea y del Comité Europeo para la Normalización Electromagnética, que inciden en distancias mínimas a los hogares, haciendo uso del citado “principio de precaución”, ya que existen indicios verosímiles de que, más allá de los efectos demostrados, exposiciones crónicas a bajos niveles pueden ser igualmente perjudiciales para la salud.

O también, circunscribiéndonos al caso de España, el ingeniero industrial D. Miguel Muntané Condeminas en su informe “Nueve Grados de Riesgo Sanitario por Radiación Electromagnética en Telefonía Móvil”, declara “Es necesario ser conscientes de las elevadas potencias de radiación de microondas emitidas por emisores abiertos, sin garantía sanitaria, para valorar el riesgo sobre la salud por UNA antena de estación base y UN emisor portátil de un teléfono móvil”, “…Los niveles de riesgo sanitario y distancias de seguridad que han de proteger de forma especial a niños, niñas y mujeres embarazadas”.-





5- Además de todo lo expuesto, ante la ubicación para la instalación de la citada Estación Base de telefonía móvil, también debe considerarse la susceptibilidad de otros daños:

-Daño Físico: personas que se consideran perjudicadas, como los que utilizan los marcapasos.

-Daño Patrimonial: los que consideren que su casa se devalúa por la proximidad a esta instalación.

-Daño Moral o Psíquico: el que se produce al obligar a convivir a personas cerca de esta antena estando convencidas de que son perjudiciales.

Se adjuntan los siguientes informes relativos a los efectos que puede producir en las personas la instalación de antenas de telefonía móvil:

• Informe Preliminar sobre Antenas de Telefonía móvil “Ecologistas en Acción”
• Jornada Técnica de Telefonía Móvil “Teléfonos móviles y salud pública”
• Conclusiones Grupo de Trabajo 13:”Campos electromagnéticos” del V Congreso Nacional de Medio Ambiente.
• Informe sobre “Consideraciones Sanitarias relacionadas con los campos electromagnéticos” (2008/2211 (INI)) de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo.
• Sentencia del Tribunal Supremo Sala 3ª, sec. 3ª, S 3-4-2007, rec.8817/2003.



Por todo lo expuesto,

S O L I C I T A

Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas alegaciones a la Licencia Ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en el depósito de agua del Barrio de San Isidro” y en virtud de las mismas:


1-No se conceda la licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en el depósito de agua del Barrio de San Isidro” solicitada.


2- Que se tenga en cuenta la normativa que avalan las Alegaciones expuestas.

miércoles, 17 de diciembre de 2008

ALEGACIONES DE IU CONTRA LA ESTACIÓN BASE DE TELEFONÍA MOVIL DE VODAFONE

El Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, no estando de acuerdo con el emplazamiento de dicha Estación Base de telefonía móvil, mediante el presente escrito en tiempo y forma legal formula las siguientes:

A L E G A C I O N E S

1- Que la ubicación de la citada Estación Base de telefonía móvil, polígono 501, parcela 5088, incumple lo establecido en la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN QUE UTILIZAN EL ESPECTRO RADIOELECTRÓNICO O LUMINICO COMO SOPORTE DE TRANSMISION SIENDO SU MEDIO DE PROPAGACION EL AÉREO EN EL TERMINO MUNICIPAL” , aprobada por el Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Benavente, y actualmente en vigor.-Concretamente, incumple lo establecido en el Artículo 9.- Antenas de telefonía móvil (estaciones base), que deberán adecuarse a las zonas de implantación contempladas en la citada Ordenanza (Anexo I).
2-Que actualmente la regulación existente en los ámbitos del Estado y de la Comunidad Autónoma concreta únicamente los niveles de emisión de las antenas, pero no criterios de colocación dentro de los cascos urbanos.
Que el Decreto 267/2001, de 29 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, relativo a la instalación de Infraestructuras de Radiocomunicación, en su artículo 5.2 acota algo más al rebajar los niveles de emisión un 25% en las zonas sensibles como centros de enseñanza, sanitarios, geriátricos etc. Y obliga a compartir emisores en las zonas de suelo urbanizable y no delimitado, pero sin agregar nada en suelo urbano.Con la rebaja de emisiones en centros sensibles se está asumiendo que las emisiones radioeléctricas no son inocuas para la población. Por tanto, y dada la cercanía de viviendas próximas, la ubicación de la precitada Estación Base de telefonía móvil no es la correcta al objeto de prevenir el posible efecto sobre la salud de la población.-
3-Que ante la falta de estudios concluyentes que afirmen la inocuidad de las emisiones de las antenas, debe anteponerse el principio razonable de PRECAUCIÓN, incidiendo primordialmente en el aspecto SANITARIO, pues hasta la fecha, los informes son contradictorios. Desde los que dicen que las antenas son inocuas y no suponen peligro alguno, hasta los que hablan de distancias mínimas a las viviendas.
Así hay que tener en cuenta las Recomendaciones del Consejo de la Unión Europea y del Comité Europeo para la Normalización Electromagnética, que inciden en distancias mínimas a los hogares, haciendo uso del citado “principio de precaución”, ya que existen indicios verosímiles de que, más allá de los efectos demostrados, exposiciones crónicas a bajos niveles pueden ser igualmente perjudiciales para la salud.
O también, circunscribiéndonos al caso de España, el ingeniero industrial D. Miguel Muntané Condeminas en su informe “Nueve Grados de Riesgo Sanitario por Radiación Electromagnética en Telefonía Móvil”, declara “Es necesario ser conscientes de las elevadas potencias de radiación de microondas emitidas por emisores abiertos, sin garantía sanitaria, para valorar el riesgo sobre la salud por UNA antena de estación base y UN emisor portátil de un teléfono móvil”, “…Los niveles de riesgo sanitario y distancias de seguridad que han de proteger de forma especial a niños, niñas y mujeres embarazadas”.-

4-Además de todo lo expuesto, ante la ubicación para la instalación de la citada Estación Base de telefonía móvil, también debe considerarse la susceptibilidad de otros daños:
-Daño Físico: personas que se consideran perjudicadas, como los que utilizan los marcapasos.
-Daño Patrimonial: los que consideren que su casa se devalúa por la proximidad a esta instalación. -Daño Moral o Psíquico: el que se produce al obligar a convivir a personas cerca de esta antena estando convencidas de que son perjudiciales.

Por todo lo expuesto,

S O L I C I T A
Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas alegaciones a la Licencia Ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en el polígono 501, parcela 5088” y en virtud de las mismas:
1-No se conceda la licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Estación Base de telefonía móvil en el polígono 501, parcela 5088” solicitada.
2- Que se tenga en cuenta la normativa que avalan las Alegaciones expuestas.

sábado, 29 de noviembre de 2008

ALEGACIONES A LA LICENCIA AMBIENTAL PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVDAD DE NÚCLEO ZOOLÓGICO EN CAMINO PATACORINES S/Nº (PERRERA MUNICIPAL)

El Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes ha registrado las siguientes ALEGACIONES A LA LICENCIA AMBIENTAL PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVDAD DE NÚCLLEO ZOOLÓGICO EN CAMINO PATACORINES S/Nº (PERRERA MUNICIPAL):

E X P O N E
Que el Ayuntamiento de Benavente tiene en trámite solicitud para la obtención de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Núcleo Zoológico en Camino Patacorines s/n” (Edicto en el B.O.P. Nº 134, de 7 de noviembre de 2.008). Lo que en cumplimiento de los establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y demás disposiciones concordantes y complementarias, somete a información pública dicho expediente.

No estando de acuerdo con el emplazamiento, contenido y alcance de dicho Núcleo Zoológico, mediante el presente escrito en tiempo y forma legal formula las siguientes:


A L E G A C I O N E S

1-VULNERACIÓN DEL DERECHO DE INFORMACIÓN PÚBLICA.
En la tramitación para la obtención de Licencia Ambiental para el ejercicio de la actividad de Núcleo Zoológico en Camino Patacorines s/nº, el Ayuntamiento de Benavente ha incumplido lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, al no haberse producido la notificación personal a los vecinos que por su proximidad al emplazamiento propuesto pudieran verse afectados.

En el presente caso, siendo el efecto al medio ambiente perfectamente localizable territorialmente, era sencillo identificar y notificar individualmente a los residentes próximos a la actividad a desarrollar el inicio de la tramitación del expediente.No sólo era posible notificar individualmente sobre el proceso, sino que era la medida más eficaz. La publicación de anuncios en boletines oficiales es una exigencia legal mínima que debe complementarse cuando es posible con otros mecanismos.

2-INCUMPLIMIENTO DE DISTANCIA MÍNIMA DE SEPARACIÓN CON NÚCLEO DE POBLACIÓN.
El proyecto para la instalación de Centro de Recogida para Animales Abandonados consiste en ubicar dicho Núcleo Zoológico en el Camino Patacorines s/n de Benavente, dentro de las instalaciones del Mercado de Ganado, abriendo puerta a la calle Patacorines y al lado del Punto Limpio ubicado en el mismo lugar.

Según la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, los Núcleos Zoológicos quedan incluidos en el concepto de “Explotación” (cualquier establecimiento, construcción o cualquier lugar en el que se tengan, críen o manipulen animales) y su Art. 36.1 dice: “Las explotaciones de animales de nueva instalación, o ampliación de las existentes, deberán cumplir con las distancias mínimas que se establezcan respecto a poblaciones, carreteras, caminos y otras explotaciones o instalaciones que puedan representar una posible fuente o medio de contagio de enfermedades, además de disponer de la previa autorización de la autoridad competente”.

A más, el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal en el Art. 106 dice “Como medida de prevención y control para evitar la difusión de enfermedades y la posible contaminación medioambiental, las explotaciones ganaderas mantendrán con los núcleos de población, entre si y con las instalaciones destinadas a concentraciones ganaderas y actividades agroindustriales de tipo ganadero o relacionadas con ellas, las distancias adecuadas que establezcan las normas emanadas de la Unión Europea o la norma estatal que resulte de aplicación, o, en su caso, las que pueda disponer la Consejería, en función de la especie y censo de animales y el sistema de explotación”.

El proyecto no respeta ni la distancia a la población ni la distancia a posibles fuentes de contagio, ya que está ubicado en el casco urbano, en el propio Mercado de Ganado y haciendo medianía con un Punto Limpio.
Indicar que en el MERCADO REGIONAL DE GANADO se realizan concentraciones de animales de carácter comercial con realización de transacciones con periocidad semanal (todos los jueves).-
Además, este recinto ferial alberga anualmente exposiciones, concentraciones de animales selectos.

Cabe señalar también, que el Ayuntamiento de Benavente no dispone de Ordenanza Municipal de Medio Ambiente que regule este tipo de actividades e instalaciones como la afectada.

Por otra parte, indicar que el art. 4 del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961 (en adelante RAMINP) y que incluye a los Núcleos Zoológicos, establece que las actividades consideradas como peligrosas o insalubres sólo podrán emplazarse, como regla general, a una distancia de 2.000 metros, a contar del núcleo más próximo de población agrupada.

Y teniendo en cuenta lo que dice la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León en su Exposición de Motivos, ésta “regula el régimen de las denominadas actividades clasificadas en nuestro Ordenamiento sujetos de forma primordial al control y a la intervención administrativa de los Ayuntamientos en cuyos términos municipales se ubiquen. En este aspecto, la Ley es heredera de la Ley 5/1993, de 21 de octubre, de Actividades Clasificadas de Castilla y León, que ha sido hasta la fecha la legislación de la comunidad en esta materia. Y, a su vez, esta normativa tiene su precedente en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre. A este régimen se sujetan, como ya sucede en la actualidad, la mayor parte de las actividades susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o bienes.

** (La razón por la que los consultorios y tiendas de animales de compañía, sí pueden estar ubicados en casco urbano, viene referido en las novedades que incorpora la Ley 11/2003 y que son un listado de actividades sujetas a comunicación, no a Licencia ambiental y por lo tanto no están sujetas a distancias y que se encuentran especificadas en el anexo V de la citada Ley.)
Por tanto, tales actividades que la precitada Ley cita “quedan sometidas a la licencia ambiental municipal” por tener tales consideraciones, así como al régimen de Actividades Clasificadas.

Por esta razón, la Comunidad de Castilla y León se encontró con un problema, que muchas explotaciones ganaderas no conseguirían su Licencia Ambiental.

Y teniendo por tradición y realidad social nuestra Comunidad Autónoma una marcada vocación agrícola y ganadera, y en su medio rural se asientan la gran mayoría de las actividades económicas del sector primario, que constituyen por ello un importante soporte del tejido social decisivo para el desarrollo rural, se estableció un régimen transitorio para que todos los núcleos zoológicos, pudieran obtener su Licencia Ambiental, que se recoge en la Ley 5/2005 aprobada el 24 de mayo, y que perseguía como principal objetivo “otorgar a las explotaciones ganaderas que no pudieran obtenerla en el marco de la Ley de Prevención Ambiental, un período transitorio que permitiera que las instalaciones ubicadas en los cascos urbanos de las localidades o en su inmediaciones, se adaptaran a los criterios de salubridad”.

Esta Ley es clara al respecto, además de haber finalizado el periodo transitorio en mayo de 2008, sólo está referida a explotaciones ubicadas en localidades de menos de 2.500 habitantes, el resto se tiene que someter al régimen de Actividades Clasificadas como contempla la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

Por lo tanto en Benavente, aún queriendo aplicar la Ley 5/2005, no sería posible ubicar un núcleo zoológico de estas características, en el casco urbano.

Además de todo lo expuesto existen sentencias al respecto.
El Tribunal Supremo entiende que el art. 4 del RAMINP está vigente y resulta plenamente aplicable, ya que la posterior normativa autonómica –legal o reglamentaria- no desplaza, deroga o deja inaplicable a la anterior normativa estatal, en este caso el RAMINP de 1961. Así lo entiende también el Sindic de Gregues de la Comunitat Valenciana, en resolución dictada en respuesta a una queja también sobre distancias, basándose entre otras en la Sentencia de 1 de abril de 2004 (fundamento de derecho 4), respecto a la Ley de Actividades Clasificadas de Castilla y León: “el Tribunal Supremo razona que la norma de aquel artículo 4 referida a la distancia mínima exigible engarza directamente con los títulos competenciales relativos (1) a la protección del medio ambiente, en el que las Comunidades Autónomas tienen atribuida la facultad de establecer normas adicionales de protección (artículo 149.1.23ª de la Constitución), con la consecuencia, en lo que ahora importa, de que el apartamiento de aquella norma en el territorio de una Comunidad Autónoma exigirá que la normativa propia de ésta la haya sustituido, sin duda alguna, por otra cuya potencialidad protectora no sea menor, lo cual no se aprecia en aquella Ley autonómica 5/1993; y (2) a la sanidad, en el que la redacción entonces vigente del artículo 27.1.1ª (hoy artículo 34.1.1ª) de la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, sobre el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, disponía que en la materia de «Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud», la competencia de la Comunidad de Castilla y León lo era para el desarrollo y ejecución de la legislación del Estado, lo cual excluye, también, el apartamiento en su territorio de aquella norma del artículo 4 por el solo hecho de que dicha Comunidad hubiera dictado su propia Ley sobre Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.”.

El Tribunal Supremo sostiene en muchas sentencias de este tipo que el planeamiento urbanístico, al proyectar y localizar los usos permitidos, tampoco puede desconocer la limitación legal consistente en que las actividades molestas y peligrosas no pueden ubicarse a menos de 2.000 metros del núcleo más próximo de población agrupada, tal y como declaró en el fundamento de derecho 5 de la Sentencia de 1 de abril de 2004: lo que conduce a entender que las ordenanzas municipales y los planes urbanísticos del municipio en caso de que lo tuvieran contemplado, tampoco podrían desoír la regla general establecida en ese inciso último.

Además de lo expuesto, en la precitada Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, tomando en consideración el artículo 3 “Ámbito de aplicación”, el ejercicio de la actividad de Núcleo Zoológico queda sometido a esta Ley como actividad/instalación de titularidad pública, por ser susceptible de ocasionar molestias significativas, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o bienes.

Asimismo, considerando el art. 4, el ejercicio de la actividad de Núcleo Zoológico es actividad por tratarse de un establecimiento de carácter permanente susceptible de afectar a la seguridad, a la salud de las personas o al medio ambiente; cuyo promotor y titular es el Excmo. Ayuntamiento de Benavente, quien adopta la iniciativa respecto a la puesta en marcha del proyecto.

Y así, en su art. 24 “se reconoce al Núcleo Zoológico” como actividad o instalación susceptible de ocasionar molestias considerables, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o bienes.

También cabe considerar el art. 1 del Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal, en el que se recoge como objeto del citado Reglamento “la mejora sanitaria…así como la protección de la salud humana mediante la prevención y control de las enfermedades infectocontagiosas y parasitarias, sean o no transmisibles al hombre, que afecten a la cabaña ganadera, a los animales de compañía y a la fauna silvestre”Afectando su ámbito de aplicación a “todos los animales, sean de renta, de compañía o silvestres”

3.- INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 38 DEL DECRETO 134/1999, de 24 de junio por el que se aprueba el Reglamento de la LEY 5/1997 de 24 de abril de PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA.-
Según el TITULO VI “De las Asociaciones de Protección y Defensa de los Animales” del Reglamento, en el art. 37 dice que se crea un Registro de Entidades Colaboradoras…
Y en el art. 38 señala que “para que una Asociación de Protección y defensa de los Animales pueda ser declarada Entidad Colaboradora de la Administración, deberá cumplir –según el apartado b- venir desarrollando la actividad de protección y defensa de los animales durante al menos los dos años anteriores a la solicitud de inscripción como Entidad Colaboradora”.
Requisito que se incumple, al tratarse de una Protectora de Animales creada recientemente, teniendo en cuenta las manifestaciones del concejal de Medio Ambiente, así como información aparecida en los medios de comunicación respecto a que una Asociación Protectora de Animales recientemente constituida, concretamente “Nueva Oportunidad” se encargan de las antiguas instalaciones de la Perrera Municipal, que es la misma ubicación y emplazamiento que se pretende para el Núcleo Zoológico en cuestión, y se encargarán de convertirlo en Centro de recuperación y Adopción de Animales Extraviados, mediante un Convenio con el Ayuntamiento de Benavente.-

Por tanto, esta asociación no cumple los requisitos para gestionar el Centro, independientemente de su ubicación.

4.- INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 37, TÍTULO VI, de la LEY 11/2003, de 8 de abril, de PREVENCIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA Y LEÓN.

Que dice que “La obtención de la licencia de apertura será previa a la concesión de las autorizaciones de enganche o ampliación de suministro de energía eléctrica, de utilización de combustibles líquidos o gaseosos, de abastecimiento de agua potable y demás autorizaciones preceptivas para el ejercicio de la actividad”.

Suministro y abastecimiento que se han efectuado previamente a la obtención de la licencia de apertura, ya que dichas instalaciones están ya funcionando, por lo que es incomprensible que si se está solicitando la licencia ambiental para ejercer la actividad, dicha actividad se esté ejerciendo previamente.

5- DEFICIENCIAS EN LA DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO Y SOLICITUD PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIA AMBIENTAL.

Considerando las prescripciones del art. 26 de la citada Ley 11/2003 sobre la solicitud y la documentación de la que debe ir acompañada, significar lo siguiente:

-Respecto al Proyecto Básico:
1- En la descripción de la actividad o instalación, no se cuantifica el tipo y la magnitud de las fuentes de las emisiones.
2- No se especifica la incidencia de la actividad o instalación en el medio potencialmente afectado.
3- No se justifica adecuadamente el cumplimiento de la normativa sectorial vigente.
4- No se especifican convenientemente las medidas correctoras sobre su incidencia en la salubridad y en el medio ambiente ni sobre los riesgos potenciales para las personas.
Por todo lo expuesto,

S O L I C I T A:
Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas alegaciones a la Licencia Ambiental para el ejercicio de la actividad de Núcleo Zoológico en camino Patacorines s/nº -Benavente- y en virtud de las mismas:

1-Se declare la nulidad de todo el procedimiento por defectos no subsanables en su tramitación.

2-Se desestime y archive el proyecto por afectar a la salud de la población próxima a la actividad/instalación propuesta.

3-Se inste la modificación de las normas contenidas en el P.G.O.U. de Benavente para extender a todo el núcleo urbano de la ciudad la prohibición para la instalación de actividades molestas, nocivas, insalubres o peligrosas.

4-Se requiere a la Comisión Territorial de Prevención Ambiental para que solicite de los Órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León competentes por razón de materia, el correspondiente informe al respecto del emplazamiento de la actividad del Núcleo Zoológico en las inmediaciones del Mercado Regional de Ganados, así como de un Punto Limpio en la misma zona.

5- Que se tengan en cuenta las Leyes que avalan las Alegaciones expuestas.

jueves, 16 de octubre de 2008

IZQUIERDA UNIDA-LV ADVIERTE A LA CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE QUE LA PERRERA MUNICIPAL DEBE INSTALARSE FUERA DEL CASCO URBANO.

Ante la iniciativa adoptada por la Concejalía de Medio Ambiente de habilitar y adecuar una instalación para albergar las dependencias de la perrera municipal y la pretensión de firmar un acuerdo o convenio de gestión por parte de la Protectora de Animales recientemente constituida, el Grupo Municipal de Izquierda Unida hace las siguientes consideraciones:

1- Dar la bienvenida al proyecto, máxime cuando parece ser –ahora- se están adoptando todas las medidas necesarias para conseguir la legalización de las futuras instalaciones con la tramitación de la pertinente licencia ambiental.

2-No obstante, ante la solicitud de condición de núcleo zoológico que tramita la concejalía de Medio Ambiente, Izquierda Unida advierte que la Ley de Sanidad Animal (Ley 8/2003, de 24 de abril) establece en el artículo 36 que “Las explotaciones de animales de nueva instalación , o la ampliación de las existentes, deberán cumplir con las distancias mínimas que se establecen respecto a poblaciones, carreteras, caminos y otras explotaciones o instalaciones que puedan representar una posible fuente o medio de contagio de enfermedades, además de disponer de la previa autorización de la autoridad competente”.

Por ello, teniendo en cuenta la citada Ley, de persistir la Concejalía de Medio Ambiente en proseguir la actividad de centro de acogida de perros abandonados en las inmediaciones del Mercado Regional de Ganados, en el camino Patacorines, constituye un inconveniente para que el Ayuntamiento pueda obtener licencia para núcleo zoológico, ya que estos deben estar situados fuera de los cascos urbanos y, actualmente, el Mercado de ganados está dentro del casco urbano. Por lo que para obtener tal condición, no cumpliría la exigencia de distancias mínimas anteriormente citadas, ya que para su ubicación quedarían excluidas las poblaciones y no podrían permanecer las instalaciones de la perrera municipal en dicha zona.

3- Por otra parte, Izquierda Unida pide a la concejalía, que de materializarse el convenio de gestión o concesión con la nueva protectora de animales, dote a esta asociación altruista del apoyo municipal y de los medios económicos necesarios para que puedan desarrollar la recogida de perros abandonados como función sostenida en el tiempo.
Además, IU considera que el Ayuntamiento, en el citado convenio debe incluir un seguro de responsabilidad civil, ante posibles eventualidades que pudieran producirse.-

jueves, 10 de julio de 2008

IU PIDE ATENCIÓN PARA EL PARQUE DE LA PRADERA

Siendo el Parque de la Pradera uno de los enclaves más emblemáticos de la ciudad, y tratándose además de la zona verde de recreo y esparcimiento más visitada por los benaventanos, -sobre todo en la época veraniega, al estar también en el área la Ciudad Acuática Deportiva-Piscinas Municipales y el Merendero de la Fuente Mineral- es también una de las zonas que requieren más atención en su entorno.

A tenor del mal estado y las deficiencias observadas en éste, y concretamente en los vallados y alambradas que bordean el arroyo caño de los Molinos, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes,

S O L I C I T A que por parte de los servicios municipales se proceda a la reparación y reposición de las zonas valladas en mal estado –e inexistente en otras-.-

Izquierda Unida basa esta petición en el riesgo y peligro que entraña para los visitantes y muy especialmente tratándose de niños y menores, más inconscientes a los peligros; y siendo en última instancia –de ocurrir un percance- responsable civil subsidiario el propio Ayuntamiento.

Izquierda Unida requiere atención para esta zona de la que se sienten orgullosos los benaventanos – y de la que tanto presumen sus gobernantes-, pero cuyo estado actual –lastrado durante años- es lamentable, por lo que insta a una urgente actuación, que sin duda, contribuiría a la seguridad y bienestar de los benaventanos.

Además, y siendo algo que se puede constatar a diario, Izquierda Unida pide también una mayor atención en cuanto a la dispensación alimentaría para los patos y ánades del estanque.-

jueves, 6 de marzo de 2008




IU de Benavente (Zamora) denuncia la existencia de ovejas muertas en el cauce del río Esla
ZAMORA, 5 Mar. (EUROPA PRESS) -
La coalición Izquierda Unida-Los Verdes de Benavente (Zamora) denunció hoy la existencia de varias ovejas muertas en el cauce del río Esla, concretamente bajo el puente de la autovía A-VI en el término municipal de Castrogonzalo (Zamora).
La agrupación local de Benavente realizó hoy una denuncia pública ante lo que considera "dejadez y falta de respuesta" por parte de las autoridades medioambientales, ya que los cadáveres de los animales se encuentran en el cauce y en las orillas del río al menos desde el pasado 14 de febrero, momento en el que fueron realizadas las fotografías con las que la coalición demuestra su denuncia.
Los animales, según relató IU a través de un comunicado, fueron arrojados probablemente desde el puente romano Puente Castro.
IU consideró el hecho como "muy grave", sobre todo por el tiempo transcurrido "ya que puede constituir un foco de infección".
La coalición Izquierda Unida-Los Verdes se dirigió a las instituciones municipales y regionales para asegurar que "no se puede cacarear tanto con el medio ambiente y a la vez permitir o inhibirse ante paisajes" como el que se puede ver estos días en el río Esla.
El grupo extendió la crítica hacia el entorno del monte Mosteruelo de Benavente, donde además de basuras denuncia que hay también restos de varios animales diseminados. Ante la falta de respuesta de la administración, añadió, "la falta de sensibilidad y de escrúpulos se está convirtiendo en una costumbre".