martes, 22 de julio de 2014

EL GRUPO IU VOLVERÁ A PREGUNTAR EN EL PLENO POR UN COLABORADOR DE LA CONCEJALÍA DE FIESTAS Y REGIMEN INTERIOR

Ante la exigua respuesta de la Concejalía de Fiestas y Régimen Interior a las preguntas realizadas por el Grupo Municipal de Izquierda Unida en el pleno ordinario del pasado 21 de mayo, relativas a un colaborador de la citada concejalía, esgrimiendo que “no existe ninguna relación contractual entre el Ayuntamiento de Benavente y tal colaborador…que es miembro de la Comisión de Fiestas, tiene los compromisos propios de cualquier miembro de la Comisión y depende de las épocas festivas. Es voluntario y al igual que cualquier otro miembro de la Comisión de Fiestas no recibe ninguna gratificación económica…”, y considerando el Grupo IU que tal respuesta de la Concejalía no entraba en el fondo del asunto de otras cuestiones, reiterará en el próximo pleno las siguientes preguntas: ¿Cuáles son las funciones, responsabilidades y horarios de tal colaborador? ¿No hay personal propio del Ayuntamiento suficiente para el desempeño de las funciones de la concejalía? ¿De qué material y dependencias dispone para realizar sus cometidos? ¿Utiliza llaves de tales dependencias y/o medios como vehículos del consistorio? ¿Bajo que responsabilidad, en cuanto a accidentes, seguros etc. actúa? Porque en tal caso, la responsabilidad recaería negativamente en el Ayuntamiento. El Grupo Municipal de IU motiva estas preguntas por noticias -tanto de personal interno del consistorio y de vecinos de Benavente- que considera conveniente clarificar, máxime teniendo en cuenta una reciente Sentencia del Tribunal Supremo relativa a la utilización de parados como voluntarios para cubrir tareas habituales. NOTA: El Tribunal Supremo impide utilizar a parados como voluntarios para cubrir tareas habituales En una sentencia a la que ha tenido acceso eldiario.es, el Tribunal limita la figura de la "colaboración social" por la que las administraciones pueden requerir a desempleados para desempeñar tareas Dos sentencias consideran como despido improcedente la extinción de la relación entre dos paradas y la Administración canaria al haberse dedicado a "actividades normales y permanentes" CCOO tiene documentados muchos casos en los que 'parados voluntarios' cubren plazas de trabajo propiamente dicho.

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