viernes, 29 de enero de 2010

IU:POSICION, EN PLENO 28 ENERO 2010 (Y RUEGOS Y PREGUNTAS).

MODIFICACION CATALOGO PUESTOS DE TRABAJO.-

El Grupo Municipal IU-LV mantiene la abstención de la comisión Informativa motivada en varios considerandos:

- Procedería indicar que lo que hoy se va a dictaminar no cumple el procedimiento establecido –al haber sacado de la Mesa Negociadora este tema de la negociación colectiva del Reglamento de funcionarios, que es donde debiera haberse hecho- y desde IU seguimos preguntándonos el porqué de esta exclusión. Algo que el concejal de personal no explicó convincentemente en la comisión.

Pero es algo que no nos extraña conociendo un “poco” la política de personal que viene arrastrando este Ayuntamiento desde hace muchos años.
Así, ahora se pretende modificar el Catálogo de puestos de trabajo-introduciendo las funciones de estos puestos- y subiendo el complemento Específico de cuatro administrativos de la Administración General, equiparándolo al C. Específico de los puestos nº 5 y 6.-

Y dejando como está el C. Específico de otras dos plazas vacantes de administrativos, que a la vista de esto, también se equipararán cuando sean cubiertos.

Algo que podrían haber hecho ahora, pues las cualidades del C. Especifíco están referidas a los puestos de trabajo y no atribuidas a funcionarios concretos que los ocupan.

-También porque consideramos que “dejar atados cabos como este” condicionará la aún pendiente elaboración de la R.P.T. (Recordar que este Ayuntamiento, en ausencia de R.P.T. aún se rige por el Catálogo de Puestos de Trabajo del año 2000).-

Elaboración R.P.T. por la que IU, en noviembre de 2008, no veía especial predisposición de abordar a este equipo de gobierno, y hoy, estamos seguros que no abordará el concejal de personal en este mandato.
R.P.T. que es una auténtica necesidad, tanto para los funcionarios municipales como para el propio Ayuntamiento, por ser el arma más eficaz para definir las carácterísticas y funciones de los puestos de trabajo, los sistemas de provisión, titulación exigible para el acceso, los niveles de C. Destino y C. Específico etc.

-También cabría añadir en el debe de esta propuesta las sentencias contencioso-administrativas del año 2005 desestimadas a los demandantes que pretendían la inclusión de las tareas complementarias en sus puestos de trabajo en el catálogo y modificar el C. Específico que percibían y asimilarlo al de las plazas nº 5 y 6.-

Como se ve, el asunto tiene varias aristas e enjundia, pero desde IU también tenemos en cuenta los informes técnicos al respecto, en los que vienen a demostrar que las condiciones particulares de esas tareas complementarias (Especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad etc.) en su valoración cumplen los mismos presupuestos y se ejercitan funciones equiparables a los puestos 5 y 6. Y por tanto, debe existir igualdad retributiva.

Y que aunque el incremento del C. Específico de estos 4 puestos es superior al 0,3% respecto del año 2009 estipulado en la LGPE, se indica que “este aumento puede ser considerado como una adecuación retributiva de carácter singular y excepcional”.

Y aunque tal y como indica Intervención, “hay consignación presupuestaria suficiente para adoptar esta medida ya que existen plazas vacantes”, desde IU –dada la actual coyuntura económica- consideramos que el momento no es el más oportuno para este incremento de C. Específico de estos cuatro funcionarios a 9.056,52 euros, pues con el coste de la Seguridad Social incluida, le va a suponer al Ayuntamiento un coste de casi 23.000 euros anuales. Lo que no deja de ser otro factor más para aumentar el gasto corriente, autentico “caballo de Troya” de este Ayuntamiento.
Por todos estos motivos, el Grupo IU mantiene su abstención.

ACUERDO REGLAMENTO DE FUNCIONARIOS.

El Grupo IU mantiene el voto en contra de la comisión informativa, atendiendo a los informes técnicos de Secretaria e Intervención, por contravenir la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, por responsabilidad ante los benaventanos y benaventanas que contribuyen con sus impuestos a la economía municipal y por coherencia.

Una coherencia respecto de los informes técnicos de los que el equipo de gobierno cuando no le conviene-como es el caso-, hace caso omiso.
Y en particular, el concejal de personal, que como ya ocurriera con la aprobación del convenio colectivo del personal laboral, ahora también pretende la aprobación del Reglamento de Funcionarios de forma temeraria e imprudente pese a la advertencia de ilegalidad que aportan los técnicos.

Para IU, una vez más, en esta concejalía “llueve sobre mojado” y alertamos de la posible impugnación por parte de la Subdelegación del Gobierno, porque no siempre “suena la flauta” y se pasan por alto las cosas.

Y desde IU votamos no, no por ir en contra de los trabajadores y sus mejoras salariales, sino porque un Reglamento no puede estar al margen de la ley si se pretende que sea efectivo.

Y el “incentivo a la modernización y mejora de la calidad de los servicios públicos, armonización horaria y ordenación retributiva” está claro que encubre un incremento de la masa salarial superior al 0,3% que es lo que prohíbe la Ley de Ptos. Grles. del Estado.

IU también quiere la mejora económica de los funcionarios municipales, pero haciendo las cosas bien, no solapando la ley antes, pagando un “plus de asistencia” por acudir al trabajo, o como en este caso del Reglamento, creando un incentivo -cuyos objetivos no se definen- pero que percibirán los funcionarios y funcionarias que no superen los 3 días hábiles de faltas injustificadas en un mes! (con una o dos faltas se les abonará la mitad).

Vamos, es como ponerle límite al “hacer novillos” no sólo sin ser castigados, sino incluso para ser incentivados.

Desde IU vemos como el concejal de Personal se las gasta (y nunca mejor dicho) con “pólvora ajena” de todos los benaventanos, -garantizándose la paz social-, pero dudamos que si personalmente fuese el empresario actuase de la misma forma.-

La Ley es clara, los funcionarios públicos sólo pueden ser retribuidos por los conceptos establecidos en ella –retribuciones básicas y retribuciones complementarias- sin que la Admosn. pueda abonar retribuciones distintas de las legales.

Y este incentivo es un complemento diferente a los establecidos por ley, y por tanto, para hacer las cosas bien, tendría que ser incluido en la productividad o en el complemento Específico, concepto este último en el que debieran incluirse también las retribuciones por nocturnidad y festividad.

Incluirlo en un concepto retributivo diferente no es ajustado a la legalidad, así como su reparto lineal aplicado a todo el personal.

Además, indicar que la forma temporal de consolidarlo al 31 de diciembre de 2011 –y para ese único día- (por cierto, día festivo según recoge el propio Reglamento) es fraudulenta y supone una carga para el Presupuesto del año 2012.
Incentivo, al que se podrá invocar e incrementar en futuros Reglamentos.

Y porque en definitiva, todo ello va a suponer un aumento del gasto corriente con una situación económica del ayuntamiento preocupante, y que con un exiguo ahorro neto, lo que hace más necesario el control del gasto de personal si el equipo de gobierno quiere cuadrar el Presupuesto del 2010.
Aunque …como en “Casablanca” alguien podrá decir “Siempre nos quedará Zapatero”.




APROBACIÓN PLAN DE IGUALDAD.


El grupo IU, al igual que en la comisión informativa, votará favorablemente, con el deseo que sea efectivo y suponga avanzar en los objetivos que persigue.

No sólo se trata de cumplir el trámite al que obliga la “Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres” de elaborar y aplicar planes de igualdad desterrando cualquier tipo de discriminación y que también obliga a desarrollar dentro de la negociación colectiva para personal laboral y funcionario el Estatuto del Empleado Público.

Sino también, y para que sea verdaderamente efectivo, es necesaria la implicación del Ayuntamiento en corregir, paliar y eliminar todas las formas de desigualdades detectadas en la fase de diagnóstico en el futuro, de tal forma que abarque todo lo que concierne al Consistorio incidiendo en todos los ámbitos, acceso al empleo, conciliación del trabajo con la vida familiar y personal, comunicación, formación etc.





TRANSFERENCIA TITULARIDAD VARIOS TRAMOS CARRETERAS.

Visto el expediente, IU considera que la solicitud de transferencia de los tramos de carreteras que con el paso de los años se han convertido en vías urbanas podría resultar ventajosa, pues compartimos el objeto de la Orden en aplicación de la Ley de carreteras para efectuar las entregas de los citados tramos urbanos de carreteras estatales para facilitar a los Ayuntamientos la ejecución de las obras con mayor rapidez y para conseguir una concepción más acorde a su nueva funcionalidad según proyecte y diseñe el propio Ayuntamiento como nuevo titular.

Sin embargo, la propuesta de alcaldía nos deja tantas sombras como luces.
Desde IU consideramos que quizá debiera tenerse en cuenta si esta solicitud de transferencia de titularidad al Ayuntamiento se hace en el momento más oportuno dada la situación económica actual para el municipio, e incluso también para las disponibilidades presupuestarias del propio Ministerio de fomento.

Porque indudablemente, si se produce el traspaso, ahora habrá financiación, pero en el futuro será el propio Ayuntamiento quien corra con el coste de conservación de estos tramos, lo que incrementará el gasto corriente, y el responsable de su mantenimiento.

Mantenimiento, en casos deficiente y que deja que desear como ocurre con la antigua carretera de León.

Otro factor es que, de producirse la entrega de los citados tramos, en la citada Orden el Mº de Fomento establece 204.644 euros/Km de carretera a ceder (incrementado con el IPC desde el año 2005) como cantidad máxima a transferir , que dado el aceptable estado de conservación de los citados tramos, pudiera ser menor la cuantía.

No obstante, a tenor de las 2 condiciones que según el Reglamento General de Carreteras debe reunir un tramo de carretera estatal para adquirir la condición de vía urbana “Que el tráfico de la carretera sea mayoritariamente urbano”, el Grupo IU propone que la Zona B y B` de la propuesta –carretera de Orense Nacional 525, de 3.141 m. hasta el final del término- quede sobre la mesa hasta recabar un estudio del tráfico del organismo que proceda y que confirme que el tráfico que soporta la citada carretera sea mayoritariamente urbano. Algo sobre lo que IU tiene serias dudas, pues no deja de tratarse de una carretera nacional y que además absorbe gran flujo de tráfico comarcal e intercomarcal.-





RUEGO:

Dado el número considerable de Decretos de reclamaciones de Responsabilidad Civil al Ayuntamiento realizadas por varios ciudadanos solicitando el abono de gastos por roturas de cristales o de reparación de sus vehículos –por daños producidos como consecuencia de la subida de personas durante el recorrido del Toro en 2009-, y a tenor de que la compañía de seguros con la que el Ayuntamiento tiene contratada la responsabilidad civil informa que “no se concluye responsabilidad que le pueda ser imputable a este Ayuntamiento en los hechos ocurridos”, y teniendo constancia que –al menos- en algunos casos los daños en vehículos se produjeron estando bien estacionados y en calles distintas al recorrido del toro, IU pide que el Ayuntamiento recabe información precisa de la compañía de seguros y concrete los tipos y límites de las coberturas e informe a los ciudadanos.
A la vista de lo sucedido, IU considera que –en cierto modo- estos ciudadanos quedan desprotegidos, pues que se sepa, aunque Benavente adopta limitaciones en ese día, no está en estado de sitío el día
del Toro.-

PREGUNTA:

En el examen de los Decretos de Alcaldía hemos detectado algunos referidos a 3 cursos del Plan FOD, concretamente:

32/FOD/49/2009 –Curso de Ingles: Atención al público

34/FOD/49/2009- Curso Monitor tiempo libre infantil y juvenil

37/FOD/49/2009 – Curso Monitor Socio cultural

Sumando los gastos en diversa publicidad de los mismos, los dos primeros 1.933,72 euros y el 3º 2.165,72 euros. Publicidad, según parece, poco conocida por los benaventanos, a pesar de su coste.

Y dado que lo consideramos un gasto escandaloso (6.033,16 euros) , que bien podría englobar el propio gasto en Formación, solicitamos información y justificación de dicho gasto.

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