viernes, 21 de marzo de 2014

INTERVENCIÓN EN PLENO 20 MARZO

1-APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO. El Grupo IU votará favorablemente la aprobación provisional de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Servicio de Cementerio. La construcción de columbarios se hace necesaria por la cada día más creciente demanda ciudadana de este servicio. No obstante, a tenor de los informes técnico e Intervención, la tasa por la concesión de columbarios en 250€, la tasa ya nace con un déficit de 110€ (casi el 30%) del coste real o previsible del servicio. Déficit ante el que esperamos se garantice un mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio. En cuanto al periodo de concesión temporal, la modificación obedece a adecuarla al periodo máximo de 75 años (incluidas prórrogas) establecido en la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas en vez de los 99 por los que se estaba otorgando hasta ahora. 2-MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA ARI El Grupo IU en su día votó favorablemente la Ratificación del Acuerdo de la Comisión Bilateral celebrada entre el Ministerio de Fomento, la Consejería de Fomento y el Ayuntamiento de Benavente (un ejemplo de actuación entre administraciones); acuerdo que preveía actuaciones en 445 viviendas en una 1ª fase de edificios de barrios tradicionales (Las Eras, 25 años de paz, San Isidro Las Malvinas) y extendiéndose hasta 746 en una 2ª fase. Y veíamos la inversión municipal de 2.378.328€ 8en cuatro anualidades) bien, por su fin social. Porque IU siempre ha apostado por la rehabilitación, porque potencia el uso residencial con obras de recuperación, adecuación de elementos comunes y habitabilidad de las viviendas, así como se actúa en elementos privativos, y en infraestructuras y urbanización que afectan al entorno, así como se eliminan barreras arquitectónicas, y se propiciará –en lo posible- la accesibilidad y se mejorará la eficiencia energética de los edificios. Obras de rehabilitación que, en definitiva, llevan a conservar valores arquitectónicos que son representativos de la arquitectura de una época y porque manteniendo estos barrios populosos también se evita la continua expansión de la ciudad hacia las periferias, lo que conlleva el aumento constante de lo que el Ayuntamiento paga por los servicios públicos. Como también en su día votamos favorablemente la Ordenanza del ARI que regula el marco legal que posibilita la concesión de ayudas –económica y técnica- a los vecinos de los citados barrios para su rehabilitación y mejora de sus viviendas. Dentro de la actuación subvencionada se contemplaban 257.312 € para las cuatro anualidades (64.328 del Ayuntamiento) para poner en marcha un equipo técnico de gestión cuyo acuerdo decía “contará con los efectivos de un administrativo a tiempo completo, y a tiempo parcial: un arquitecto, un arquitecto técnico, un ingeniero de caminos y un técnico jurídico. Estos efectivos podrán modificarse, por propuesta razonada, en función de las necesidades específicas…” En el Acta de Junta de Gobierno de 26 enero 2012, se dice “Haciendo uso de esa posibilidad de modificación de los efectivos, y hasta tanto no esté plenamente en marcha la actuación, desde la Concejalía de Urbanismo se considera suficiente la contratación de un arquitecto y un administrativo a tiempo completo. ¿Se ha procedido a contratar a alguien más? No, y el ARI lleva tiempo plenamente en marcha! Y por cierto, arquitecta de la oficina técnica de gestión, que se merece más sueldo, pues según hemos visto hace informes técnicos (acta Junta gobierno 29 marzo 2012 para la concesión de licencia a CORTEFIEL S.A. –venta de ropa en C/ Herreros nº 43, ajeno al ARI! Por lo tanto, IU no está de acuerdo con el desarrollo y devenir del ARI. Y lo que ahora se plantea con el ARI, (que con la autorización de los vecinos las obras las pueda sacar a contratar el Ayuntamiento, además de los vecinos directamente) es un cambio de las reglas del juego, con el partido ya empezado y hasta donde yo he podido entender, ofrecer dos formas de contratación. Una, similar a la que en su día optó Zamora (capital), para gestionar el suyo, ejecutando las obras como propias, evitando licencias y tasa, por ser el propio Ayuntamiento promotor de las mismas y contratando mediante concurso público una oficina de gestión para ese ARI, cuya misión seria elaborar la documentación técnica necesaria para la contratación de esas obras (memorias, proyectos, estudio de seguridad, mediciones, pliegos, etc.), servir de nexo a píe de obra de la administración de los afectados (propietarios y constructor) y de igual forma el seguimiento de las obras. En contraposición al que eligió Benavente, de gestionarlo a través de una oficina propia (a cuenta del Ayuntamiento), contratando a un arquitecto y un administrativo, tramitando las licencias como de terceros, cobrando tasa y licencias (o compensándolas). Licencias estas, que se han venido concediendo con licencias de obras menores, cosa que hace necesario la exigencia de la apertura de un expediente de restauración de la legalidad, declarando la nulidad de las licencias de obras menores concedidas, al ser estas obras mayores (sentencia) o como se indica en la propia solicitud municipal de licencias de obras menores). (((Según Actas de Juntas de Gobierno, las licencias se solicitan junto con Memorias Técnicas valoradas.))) (Creo que sólo se exige proyecto para la instalación de andamios!) Y todo esto, más que nada para que estos ciudadanos de Benavente, que confiaron en ustedes, políticos del PP y los técnicos de la Casa, recuperen la seguridad jurídica que les ampara en la Ley de la Ordenación de la Edificación, de reclamar a los agentes intervinientes en el proceso de la edificación, proyectistas, director de obra, director de la ejecución, constructor, etc. por los posibles daños producidos por un mal proceso en lo edificado. Corrigiendo con este expediente de restauración de la legalidad, la inseguridad jurídica, a la que se está sometiendo a los beneficiarios del ARI. De igual forma cómo se explica que la Memoria del citado ARI, lo firme un Ingeniero de Caminos, que según la citada LOE, al parecer no tiene competencias para firmar sobre viviendas, extremo este a controlar por el Ayuntamiento según el propio informe de la Secretaría, para la Comisión de Investigación de los Cuestos (sobre el alcance de los Informes Técnicos municipales en los procedimientos de otorgamiento de las licencias urbanísticas). Por todo lo expuesto, por responsabilidad y para no seguir siendo cómplices de la política de gobierno del Partido Popular, votaremos en contra. 4- INICIO DEL EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS OBRAS: MUROS DE CONTENCIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN DE LOS TALUDES DE LOS CUESTOS DE LA MOTA 2ª SEPARATA. El Grupo IU votó a favor de la Comisión de Investigación como un gesto positivo porque esperábamos, tendría efectos puramente políticos. Y en ese sentido, efectos o responsabilidades políticas, por ética, por dignidad y por decencia democrática toda la oposición solicitamos la dimisión del Alcalde. Dimisión del Sr. Alcalde como mentor de la idea, por concebirla y consentir su construcción en los inestables cuestos y por el despilfarro inútil en el proyecto de la Pasarela. Pero también por responsabilidad y por carecer de diligencia: si no sabía que los cuestos eran inestables que se hubiera informado, y si lo sabía, peor aún. Y lo mismo de quienes la construyeron. No nos negamos a esa Comisión de Investigación, aunque éramos un tanto escépticos al respecto, primero por el dicho “Si quieres que nada se sepa, crea una comisión de investigación”! También la pedimos cuando el incidente de la “maroma”, aunque en ese caso no se llevo a efecto! Pero además, porque los resultados que se pudieran obtener de esa investigación, no son vinculantes para los tribunales ni afectarán a las resoluciones judiciales. Entonces, también exigíamos responsabilidades técnicas y económicas, que para nosotros sólo podían recaer en SOMACYL, empresa pública que llevó el proyecto, la dirección de obra, la contratación, los estudios geotécnicos??? -La contratista AMATEX y la empresa HERTASA por ejecución proyecto muros de contención para estabilización taludes de la Mota, 2ª separata. (Aunque mucho nos temíamos que en el caso de esta última sería como “pedirle cuentas al maestro armero”!) -Y tampoco entonces, nos olvidamos de los Técnicos Municipales ¿Qué estudios y que documentación comprobaron? Qué le exigieron a SOMACYL? Porque al resto de los ciudadanos les exigen de TODO! Y dijimos en aquel pleno de 21 de marzo de 2013, que si el equipo de gobierno decidía incoar procedimiento de responsabilidad patrimonial a aquellas empresas que tengan responsabilidad, o reabrir el expediente de responsabilidad por vicios ocultos, tendrían nuestro apoyo. Y por eso hoy, con la base de las conclusiones del Informe CEDEX votaremos a favor. Pero también, tal y como pensábamos en marzo y ejecutamos a través de una moción en julio de 2013, solicitando al Ayuntamiento de Benavente a presentar una demanda de responsabilidad civil en nombre de pueblo de Benavente, ante la Justicia Española contra todos los responsables de la construcción de la Pasarela de los Cuestos de la Mota (Director /es de obra, empresa constructora y proyectista), toda vez que al año de su inauguración se derrumbó sin que mediara catástrofe alguna que pudiera justificar tal desastre. Y que se instara a la Junta de Castilla y León, también interesada en la construcción y financiación de esa Pasarela, para que se personara en la misma denuncia o formulara otra, en el mismo sentido. Y porque iniciar el expediente de responsabilidad por vicios ocultos obras: muros de contención para la estabilización de los taludes de los cuestos de la mota 2ª separata, seguimos estando de acuerdo, pero nos sigue pareciendo insuficiente porque se exonera totalmente a SOMACYL (que no realizó el estudio geotécnico a que obliga la Ley) el Grupo Municipal de IU una vez concluída la Comisión de Investigación, y ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora ha formulado DENUNCIA contra el Ayuntamiento de Benavente y resto de agentes intervinientes, en la citadas obras, por la presunta responsabilidad patrimonial y presunto delito de Prevaricación en la tramitación del expediente de obras de mejora y accesibilidad de los Cuestos de Mota de Benavente, y se proceda a la comprobación de los hechos denunciados así como por cualquier otro que pudiera desprenderse de la investigación, por si fueran constitutivos, en su caso, de algún ilícito penal, a fin de determinar las posibles responsabilidades penales y civiles que pudieran derivarse de los mismos. Y también ha registrado otro escrito en el Ayuntamiento de Benavente solicitando la Apertura de un Expediente de Responsabilidad Patrimonial ya que de facto así está actuando en la tramitación del expediente de obras de mejora y accesibilidad de los Cuestos de Mota de Benavente, así como por cualquier otro que pudiera desprenderse de la investigación, que solicita inicie el Ayuntamiento. Para IU hay una aceptación de facto de una responsabilidad patrimonial por parte del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento, al no reclamar judicialmente contra ninguno de los agentes intervinientes en la citada obra y por la perdida patrimonial que supone el no tener la pasarela, que pago directamente el Ayuntamiento, a través de una subvención y fondos propios. PREGUNTAS: ¿Qué tipo de contrato se le ha hecho al colaborador de la concejalía de Promoción Humana? ¿Cuáles son sus funciones, responsabilidades y horarios? ¿No hay personal propio del Ayuntamiento, suficiente, para el desempeño de las funciones de la Concejalía? ¿De qué material y dependencias dispone para realizar sus cometidos? En el caso de ser VOLUNTARIO, ¿Tiene alguna gratificación? MOTIVOS DE LAS PREGUNTAS: No hemos visto plaza ofertada ni decretos para el puesto. Tenemos noticias (del personal interno y externo al consistorio) y queremos contrastar hasta que punto, utiliza llaves y medios como vehículos del consistorio. ¿Bajo que responsabilidad, en cuanto a accidentes, seguros etc actúa? -En todo caso, responsabilidad que repercutiría negativamente en el Ayuntamiento. NOTA: El Tribunal Supremo impide utilizar a parados como voluntarios para cubrir tareas habituales

No hay comentarios: