domingo, 26 de octubre de 2008

IU PIDE UN INFORME SOBRE APLICACIÓN SENTENCIA DEL "MERCANTIL"

CON RELACIÓN AL EDIFICIO “MERCANTIL”

Como consecuencia del otorgamiento por parte de la Junta de Gobierno Local del día 24 de julio de 2.008 de Licencia de obras, Expte. Nº 10.712/08, presentado por PROMER S.L. para PROYECTO DE DEMOLICIÓN PARCIAL DEL EDIFICIO DE VIVIENDAS, LOCALES Y GARAJES (EDIFICIO “MERCANTIL”) en la CALLE DE LA RUA Nº 7-9 y RONDA MADRID Nº 2-4, relativa al cumplimiento del fallo de la Sentencia Nº 1810 de ocho de octubre de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Castilla y León, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, sin entrar a valorar el volumen a demoler –producido por el exceso de altura de la cornisa y de su vuelo con el límite de 1.124,5 m3, debido a la diversidad de criterios de los técnicos,

S O L I C I T A:

Que los servicios técnicos municipales del Área de Urbanismo, teniendo en cuenta el citado Proyecto de demolición parcial del edificio Mercantil presentado por PROMER S.L. y visado por el colegio Oficial de Arquitectos de León, delegación de Zamora, con fecha 22 de julio de 2.008, emitan un Informe dando respuesta a las siguientes cuestiones:

1- Tomando la cota de medida en el centro de la fachada desde la rasante de la acera de la Calle Madrid 2-4, según la licencia concedida ¿Se cumple la altura de cornisa de la fachada de 10,10 m, - altura máxima permitida según art. 9.3 de las Normas Subsidiarias Municipales?

2- En base a la licencia concedida, ¿Se respeta el ángulo de 45º entre la rasante del último forjado y la de la cubierta del edificio en la Calle Madrid nº 2-4?

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