viernes, 19 de octubre de 2007

NUCLEO ZOOLOGICO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Benavente, en sesión celebrada en fecha 26 de julio pasado, acordó por unanimidad de sus miembros y en cumplimiento de la Sentencia nº 2145 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de lo Contencioso Administrativo, de Valladolid, otorgar licencia ambiental y licencia de obras solicitadas por D. Bonifacio Pedraz Fraile para el ejercicio de la actividad de Centro de Turismo Rural (Rehabilitación y Ampliación) y Núcleo Zoológico sito. en Camino Prado Concejo “El Segadal”.

Ante este acuerdo, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, considera que otorgar estas licencias no es acorde ni se ajusta a lo que recoge la citada sentencia 2145/2006 del T.S.J.
Sentencia que en su fallo literal dice: “Revocar y revocamos dicha sentencia en cuanto reconoce al demandante el derecho a la obtención de la licencia urbanística que en ella se contiene, desestimando las demás pretensiones de la parte actuante”.

Por tanto, y a tenor que dicha sentencia recoge la estimación en parte del Recurso de Apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Benavente contra la sentencia nº 111 de 21 de octubre de 2.004, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Zamora, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes solicita a la Junta de Gobierno Local que reconsidere parte del acuerdo adoptado, concretamente en lo concerniente a la licencia de obras.

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